lunes, 26 de marzo de 2018

Trabajos en situación de aislamiento: Necesidad de uso de dispositivos de hombre muerto


Se consideran trabajos en situación de aislamiento aquellos que se realizan en soledad, sin otras personas que desarrollen su labor en el mismo recinto o sala. Por lo general, las personas que realizan estos trabajos no tienen contacto visual con otras personas y, a menudo, no pueden ni ser oídos sin el uso de mecanismos (teléfono,...)


¿Dónde está el riesgo?

En el caso de trabajo en situación de aislamiento, el riesgo principal es la falta de ayuda después de un posible accidente, o ante una situación crítica.

Cuando se produce un accidente, o se da una situación que pudiera ser crítica, la actuación inmediata es imprescindible para controlar el riesgo.

Si se trabaja solo, esta actuación inmediata no está garantizada. Un trabajador puede sufrir alguna incidencia en el puesto de trabajo que le impidiera comunicarse/desplazarse, y que en un plazo más o menos corto de tiempo pueda incidir en su salud.

Otra situación que puede darse, es una alteración súbita del estado de salud (aunque no tenga que ver con el trabajo).

Si se dan estas circunstancias en situación de aislamiento, la falta de una asistencia inmediata puede agravar considerablemente las consecuencias derivadas de un accidente o de una situación crítica.

Así pues, para aquellos casos en que existe esta situación de aislamiento, el primer punto es establecer el tiempo mínimo de respuesta a partir del cual se considera que el trabajo se realiza en situación de aislamiento y ese tiempo dependerá del tiempo requerido para la intervención en caso de accidente (riesgo de seguridad), y en función de este tiempo de intervención, se recomienda la aplicación de una serie de medidas preventivas.


Medios de asistencia y ayuda inmediata

Ante esta situación, se deben estudiar y poner en marcha sistemas que proporcionen una asistencia rápida y eficaz para aquellos trabajadores aislados, en función de las probables consecuencias que pueden tener los riesgos a los que se hallan sometidos.

Adjunto dos cuadros de referencia ante los tiempos de actuación y las medidas preventivas (fuente
NTP-344: Trabajos en situación de aislamiento):

Cuadro 1: Tiempo de actuación en función del estado del accidentado

Cuadro 2: Medidas de seguridad a tomar en función del tipo de trabajo


La necesidad de aplicar un tipo de medida u otra, o de si es recomendable el trabajo en solitario, dependerá del tipo de trabajo que se vaya a realizar, y del plazo máximo recomendado de actuación en caso de accidente probable.

Así, en función de ese riesgo potencial, se definen cuatro tipos de medidas:

Medidas tipo A: El trabajo no puede ser realizado por una persona sola, ya que los daños derivados del riesgo exigirían ayuda inmediata.

Medidas tipo B: Se permite el trabajo en solitario, con vigilancia a través de algún dispositivo de alarma

Medidas tipo C: Se permite el trabajo en solitario, con vigilancia a través de una segunda persona o con dispositivo de alarma.

Medidas tipo D: No es necesaria la vigilancia. El trabajador deberá disponer de teléfono, alarma por cable o radio, o un sistema de vigilancia eventual.


Estas medidas permitirán:

- El contacto personal: Se trataría de facilitar la asistencia en caso de necesidad. La persona que trabaja sola ha de poder llamar a otras personas cuando se encuentra en una situación crítica.

- Medios técnicos de alarma: Para aquellas situaciones en las que la persona que trabaja sola se vea
imposibilitada de pedir ayuda, por carecer de movilidad y/o iniciativa, es necesario aplicar medios de aviso, como pueden ser: dispositivos de pérdida de verticalidad, o de pérdida de movimiento.

- Sistemas de socorro inmediato (interno y externo): Según la gravedad de las consecuencias previsibles de los riesgos, puede ser necesario contar con un servicio de atención interno, o protocolo de aviso a medios externos, que permitan una actuación con la urgencia necesaria.

Como ejemplo de uso de dispositivos técnicos de alarma (para medidas de tipo C), tendríamos los denominados "dispositivos de hombre muerto".

Estos dispositivos permiten, en situaciones en las que la persona que trabaja sola se vea imposibilitada de pedir ayuda, por carecer de movilidad y/ o iniciativa, dar el aviso de emergencia.

Estos dispositivos controlan la pérdida de verticalidad o de falta de movimiento del operario.

Se trata de dispositivos que, tras la detección de una inclinación del cuerpo, o ante la falta de movimiento, inician una cuenta atrás, que si el operario no la para, deriva en una alerta de emergencia a los contactos definidos, realizan llamada de emergencia y envían localización GPS por mail o sms.

Existen en el mercado teléfonos que disponen de forma integrada de alarma de emergencia y envía la
posición GPS, alarma de alerta y alarma de seguimiento, o software que pueden ser instalados en
smartphones.



A modo informativo, adjunto un par de referencias web:
www.ecommunicator.es
www.aturvite.com

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